ASESORÍA GRATUITA PARA NUESTRAS AUTORIDADES

(Piura, 17 febrero del 2017)

Luis Gulman Checa

Pese a carecer de maestrías, post grados, doctorados y ni siquiera bachilleratos en materias vitales para la vida moderna como, por ejemplo,  el ordenamiento del tránsito vehicular en las ciudades; formularé una recomendación/consejo a la autoridad competente, la cual, con mínima inversión, logrará erradicar el tormento que implican los ruidos molestos e  innecesarios por la proliferación de deficientes mentales  conduciendo vehículos.

Me remito al artículo subido a este blog el 30 de diciembre del 2016 titulado: “Recordatorio para la Policía Nacional del Perú”, referido al Texto único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito mediante el Decreto Supremo N° 016-2009 - MTC, cuyo Artículo 98 sobre el uso de la bocina, dice:

“El conductor solo debe utilizar la bocina del vehículo que conduce para evitar situaciones peligrosas y no para llamar la atención de forma innecesaria. El conductor no debe causar molestias o inconvenientes a otras personas con el ruido de la bocina o del motor con aceleraciones repetidas al vacío”.

Asimismo, el Artículo 238 sobre Emisión de ruidos, dice:

“Está prohibido que los vehículos produzcan ruidos que superen  los niveles máximos permitidos establecidos en el Reglamento Nacional de Vehículos”.

La autoridad no requiere ser  genio ni inventar la pólvora sino, simplemente,  limitarse a hacer cumplir la ley, lo que por lo demás es la razón de ser de quien ostenta cargos de representación.

Acaso, en el fondo, aquel que asume un cargo por el cual cobra una remuneración que le pagamos todos los ciudadanos con nuestro dinero (el erario es propiedad de todos y cada uno de nosotros), ¿no deviene en estafador y ladrón - como Alejandro Toledo -   al omitir imponer  el cumplimiento de la ley?

Al grano:

Así como en los operativos de alcoholemia está presente un fiscal, basta y sobra con que circulen - sin aspavientos -  por calles y avenidas un par de policías acompañando a un fiscal para reprimir a los vándalos que contaminan el medio ambiente con ruidos innecesarios/insoportables, sugiriendo las siguientes sanciones a quienes vayan pescando in fraganti:

·         Vehículos menores con escape libre:          Rociarlos con gasolina y prenderles fuego.

·         Vehículos mayores con escape libre:          Internamiento del vehículo, papeleta de S/. 3,000.00 y retiro del brevete del conductor por un plazo de tres años

·         Tocar la bocina infringiendo la norma:        Internamiento del vehículo, papeleta de S/. 2,000.00 y retiro del brevete del conductor por un plazo de dos años.

Como la legislación siempre es perfectible, la norma referida al inicio omitió precisar la sanción para otro ruido insoportable e innecesario: las malditas alarmas que tanto snob instala en sus vehículos sin importarles un carajo que las mismas truenan hasta cuando un perro pasa al lado, mucho más, ciertamente, cuando se trata de una motocicleta o automóvil con escape libre.

Sanción  para tales  inconscientes, huachafos  e irrespetuosos:

El mismo equipo señalado líneas arriba, debe ir provisto de un martillo que empleará para   romper el o los parabrisas (según la estridencia) del vehículo cuando la alarma truene por las puras.


No olvidar el aserto que dice Guerra avisada no mata gente, ergo, basta con que las medidas sugeridas sean anunciadas fijando la fecha de inicio de la campaña, para que la ciudad de Piura se convierta en un remanso de paz, respecto, obviamente, a tan insoportables ruidos.