ASESORÍA GRATUITA PARA NUESTRAS AUTORIDADES
(Piura, 17 febrero del 2017)
Luis Gulman Checa
Pese a carecer de maestrías, post grados,
doctorados y ni siquiera bachilleratos en materias vitales para la vida moderna
como, por ejemplo, el ordenamiento del tránsito
vehicular en las ciudades; formularé una recomendación/consejo a la autoridad
competente, la cual, con mínima inversión, logrará erradicar el tormento que
implican los ruidos molestos e innecesarios por la proliferación de deficientes
mentales conduciendo vehículos.
Me remito al artículo subido a este blog el
30 de diciembre del 2016 titulado: “Recordatorio para la Policía Nacional del
Perú”, referido al Texto único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito
mediante el Decreto Supremo N° 016-2009 - MTC, cuyo Artículo 98 sobre el uso de
la bocina, dice:
“El conductor solo
debe utilizar la bocina del vehículo que conduce para evitar situaciones
peligrosas y no para llamar la atención de forma innecesaria. El conductor no
debe causar molestias o inconvenientes a otras personas con el ruido de la
bocina o del motor con aceleraciones repetidas al vacío”.
Asimismo, el Artículo 238 sobre Emisión de
ruidos, dice:
“Está prohibido que
los vehículos produzcan ruidos que superen
los niveles máximos permitidos establecidos en el Reglamento Nacional de
Vehículos”.
La autoridad no requiere ser genio ni inventar la pólvora sino,
simplemente, limitarse a hacer cumplir
la ley, lo que por lo demás es la razón de ser de quien ostenta cargos de
representación.
Acaso, en el fondo,
aquel que asume un cargo por el cual cobra una remuneración que le pagamos
todos los ciudadanos con nuestro dinero (el erario es propiedad de todos y cada
uno de nosotros), ¿no deviene en estafador y ladrón - como Alejandro Toledo - al omitir
imponer el cumplimiento de la ley?
Al grano:
Así como en los operativos de alcoholemia está
presente un fiscal, basta y sobra con que circulen - sin aspavientos - por calles y avenidas un par de policías
acompañando a un fiscal para reprimir a los vándalos que contaminan el medio
ambiente con ruidos innecesarios/insoportables, sugiriendo las siguientes sanciones
a quienes vayan pescando in fraganti:
·
Vehículos menores con escape libre: Rociarlos con gasolina y prenderles
fuego.
·
Vehículos mayores con escape libre: Internamiento del vehículo, papeleta
de S/. 3,000.00 y retiro del brevete del conductor por un plazo de tres años
·
Tocar la bocina infringiendo la norma: Internamiento del vehículo, papeleta de
S/. 2,000.00 y retiro del brevete del conductor por un plazo de dos años.
Como la legislación siempre es perfectible,
la norma referida al inicio omitió precisar la sanción para otro ruido
insoportable e innecesario: las malditas alarmas que tanto snob
instala en sus vehículos sin importarles un carajo que las mismas truenan hasta
cuando un perro pasa al lado, mucho más, ciertamente, cuando se trata de una
motocicleta o automóvil con escape libre.
Sanción para tales inconscientes, huachafos e irrespetuosos:
El mismo equipo
señalado líneas arriba, debe ir provisto de un martillo que empleará para romper
el o los parabrisas (según la estridencia) del vehículo cuando la alarma truene
por las puras.
No olvidar el aserto que dice Guerra
avisada no mata gente, ergo, basta con que las medidas sugeridas sean
anunciadas fijando la fecha de inicio de la campaña, para que la ciudad de
Piura se convierta en un remanso de paz, respecto, obviamente, a tan
insoportables ruidos.